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EN RAFAEL URIBE URIBE SOMOS LIBRES DE CREER

Vídeo #1

¿Sabías que en Rafael Uribe Uribe somos Libres de Creer?

 Pues así es, nuestra libertad de culto y creencia es un derecho

La discriminación e intolerancia constituyen un acto de violencia contra los individuos
y los colectivos, razones por las que ha estado en la agenda institucional, en
donde erradicar la discriminación, estigmas y perjuicios contra quienes piensan
o creen diferente es un compromiso tanto personal, institucional y de nosotros
como comunidad en general.

A nivel local este compromiso se reafirmó con la
expedición por parte de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe del Decreto
007, el 11 de julio de 2019, por medio del cual se crea el Comité Local de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y
Conciencia
, como la instancia consultiva y de participación ciudadana de la
Administración local, en materia de libertades de religión, culto y conciencia.

Pero este derecho no solo se da en lo local, pues
también el Acuerdo Distrital 685 de 2017, y en el marco del Decreto 093 del 12
de febrero de 2018; se permite dar cumplimiento

al Plan de Desarrollo, un nuevo contrato ambiental y social para la
Bogotá del Siglo XXI 2020-2024

El ARTICULO 19 de la constitución política colombiana dice que: Se garantiza la
libertad de cultos. 
Toda persona tiene
derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o
colectiva
. Todas las confesiones religiosas
e iglesias son igualmente libres ante la ley. 
 

Es por ello que
todos tenemos el derecho de profesar libremente nuestras creencias y
difundirlas de forma individual o colectiva, todos somos iguales y libre ante
la ley. Así que no te limites!!

Vídeo # 2

Hablemos sobre la Libertad de culto

 

La libertad de culto o libertad religiosa es un derecho fundamental que se refiere a la opción de cada ser humano de elegir libremente su religión, de no elegir ninguna, o de no creer o validar la existencia de un Dios y ejercer dicha creencia públicamente, sin ser víctima de opresión, discriminación o forzar su cambio.

La libertad religiosa es reconocida por el derecho internacional en varios documentos, como el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el art. 27 de este mismo pacto garantiza a las minorías religiosas el derecho a confesar y practicar su religión. De la misma forma lo hace la Convención de los Derechos del Niño, en su art. 14, y el artículo 9 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos garantiza la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el citado artículo 18, indica:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Es por ello que en nuestra localidad este compromiso se reafirmó con la expedición por parte de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe con el Decreto 007, el 11 de julio de 2019, por medio del cual se crea el Comité Local de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia como la instancia consultiva y de participación ciudadana de la administración local, en materia de libertades de religión, culto y conciencia.

De esta forma se permite a distintas iglesias, confesiones, denominaciones y organizaciones de inspiración religiosa, que tienen presencia en la localidad y que han sido legalmente reconocidas por el Estado, desarrollar estrategias conjuntas con la institucionalidad, para promover y proteger sus derechos, así como fortalecer el trabajo social que ya realizan, posicionando los temas que son de su interés. Su participación es fundamental para continuar avanzando en la garantía de los derechos fundamentales de religión, culto y conciencia.

Vídeo # 3

Sabias que Bogotá cuenta con la Ruta de atención a víctimas de intolerancia religiosa?

Pues el distrito cuenta con la Ruta de Promoción y Atención de Derechos Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia, herramienta con la que se busca brindar acompañamiento, asesoría jurídica y atención psicosocial a los ciudadanos frente a hechos que puedan afectar su libertad de elegir y profesar creencias, según lo establecido en el artículo 19 de la Constitución Política y en la Ley 133 de 1994, así como la articulación de sus casos con otras entidades e instituciones.

Las afectaciones pueden ir desde conductas sutiles como impedir que una persona asista a un encuentro religioso o hacerle bromas e intimidarla por profesar su fe. Así mismo, se pueden presentar acciones moderadas como obligar a un tercero a participar de un rito hasta llegar a acciones de mayor gravedad como amenazas con un arma, golpearla o no reconocerle sus derechos por ser creyente o ateo.

Los ciudadanos podrán dar a conocer los diferentes hechos al correo: vulneracionesLR@gobiernobogota.gov.co, y a las líneas 3820660, 3387000 y 3387100 en las extensiones (1) 5330 y (1) 5331.